
Los empresarios son los comerciantes que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio se dedican a el habitualmente. Reúne tres condiciones:
- Capacidad legal
- Ejercicio del comercio (se debe ejercer de hecho)
- Habitualidad: el ejercicio del comercio se debe hacer de forma habitual. Además se debe ejercer en nombre propio (sino serian representantes)
▪ Obligaciones formales del empresario mercantil:
Llevanza de libros de contabilidad. Se rigen por los principios de: veracidad, claridad y exactitud. 1.1 Libros obligatorios
a) libro inventario y cuentas anuales. Se abrirá con el balance inicial. Trimestralmente se realizaran balances de comprobación. Se cerrará con balance fina, inventario, fuente de perdidas y ganancial y memoria. La publicación de las cuentas anuales es obligatoria (se da un plazo de cuatro meses para legalizarlas después del cierre)
b) Libro diario: registra día a día todas las operaciones de la empresa
c) Libro de actos: solo para las sociedades mercantiles.
1.2 Libros facultativos: además de estos libros obligatorios hay otros facultativos que no son necesarios legalizarlos. Son: libro mayor, libro de banco, libro de caja, libro de almacén, libro de registro de ventas, libro de registro de compras.
▪ Requisitos para crear una empresa:
- Solicitud de C.I.F en la administración de hacienda del domicilio fiscal de la sociedad.
- Licencia de apertura y obra si fueran a realizarse (ante el ayuntamiento)
- Alta en IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en el ayuntamiento.
- Declaración censal
- Inscripción en la seguridad social.
Los tipos de empresas que nos podemos encontrar son:
1. Empresario individual
2. Sociedad mercantil
2.1 Civil, cooperativas, comunidades de bienes. Todas las que no tienen carácter de mercantil
2.2 Entidades no empresariales, entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones.
2.3 Mercantiles: las que desarrollan una actividad empresarial. Adoptan una de las formas sociales reguladas en el código de comercio. Estas sociedades son: sociedad anónima (SA), sociedad de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa, sociedad colectiva, sociedad comanditaria simple, sociedad comanditaria por acciones, sociedad laboral.
Llevanza de libros de contabilidad. Se rigen por los principios de: veracidad, claridad y exactitud. 1.1 Libros obligatorios
a) libro inventario y cuentas anuales. Se abrirá con el balance inicial. Trimestralmente se realizaran balances de comprobación. Se cerrará con balance fina, inventario, fuente de perdidas y ganancial y memoria. La publicación de las cuentas anuales es obligatoria (se da un plazo de cuatro meses para legalizarlas después del cierre)
b) Libro diario: registra día a día todas las operaciones de la empresa
c) Libro de actos: solo para las sociedades mercantiles.
1.2 Libros facultativos: además de estos libros obligatorios hay otros facultativos que no son necesarios legalizarlos. Son: libro mayor, libro de banco, libro de caja, libro de almacén, libro de registro de ventas, libro de registro de compras.
▪ Requisitos para crear una empresa:
- Solicitud de C.I.F en la administración de hacienda del domicilio fiscal de la sociedad.
- Licencia de apertura y obra si fueran a realizarse (ante el ayuntamiento)
- Alta en IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en el ayuntamiento.
- Declaración censal
- Inscripción en la seguridad social.
Los tipos de empresas que nos podemos encontrar son:
1. Empresario individual
2. Sociedad mercantil
2.1 Civil, cooperativas, comunidades de bienes. Todas las que no tienen carácter de mercantil
2.2 Entidades no empresariales, entidades sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones.
2.3 Mercantiles: las que desarrollan una actividad empresarial. Adoptan una de las formas sociales reguladas en el código de comercio. Estas sociedades son: sociedad anónima (SA), sociedad de responsabilidad limitada, sociedad cooperativa, sociedad colectiva, sociedad comanditaria simple, sociedad comanditaria por acciones, sociedad laboral.